Derechos del paciente

Carta

de derechos de la persona hospitalizada

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Carta

de derechos del niño hospitalizado

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Carta

de derechos del usuario de salud mental

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La persona de confianza

Durante su estancia, puede designar, si lo desea, a una persona de confianza, es decir, a una persona mayor de edad elegida libremente entre sus allegados que goce de su confianza para acompañarle a lo largo del tratamiento y ayudarle a tomar decisiones durante su estancia.

El secreto profesional y la confidencialidad de los datos

El respeto de la confidencialidad de la información personal es un derecho importante del paciente sancionado por la ley de 4 de marzo de 2002.

Los profesionales están sensibilizados hacia el respeto de la confidencialidad. El centro garantiza a los pacientes que lo soliciten que no compartirá ninguna información sobre su presencia en el centro ni sobre su estado de salud.

Solo las personas autorizadas pueden acceder al historial del paciente y también se controla el acceso a la información confidencial gestionada por el sistema informático.

Información compartida, consentimiento y participación

El médico responsable de su atención le informará, durante una consulta, de su estado de salud, del tratamiento y de las pruebas prescritas. Le expondrá los beneficios y los riesgos de la atención que le propone y solicitará su consentimiento.

El acceso al historial médico

En el centro se elabora un historial médico que contiene toda la información relativa a su salud. Usted tiene derecho a acceder a la información incluida en su historial médico y, para ello, debe realizar una solicitud al centro (ver artículos L-1111-7 y R.1111-1 a 9 del Código de la Sanidad Pública francés). Las solicitudes de acceso al historial médico se tramitan con la mayor brevedad posible y de conformidad con la normativa.

El respeto de la dignidad, de la intimidad y de la libertad

Se trata a todos los pacientes con respeto y consideración. Tienen derecho al respeto de su intimidad (efectos personales, correspondencia, cuidados, aseo, espacio personal, etc.) y de su vida privada.

El centro suscribe los siguientes principios : «El centro invita a los profesionales sanitarios a reflexionar sobre el concepto de intimidad del paciente y a tenerlo en cuenta, aunque sea diferente del suyo propio. La intimidad depende también de la calidad de un entorno acogedor, es una cuestión de confianza mutua, que favorece la relación y establece todo lo que es de carácter privado, reservado para uno mismo o en una relación especial.» ¹

¹ Fuente: «Référentiel de bonnes pratiques soignantes sur le respect de l'intimité et dignité du patient» (Guía de buenas prácticas de los cuidadores en materia de respeto de la intimidad y de la dignidad del paciente) redactado por el Institut de Cancérologie de l'Ouest en 2012.

La comisión de usuarios

La comisión de usuarios (CDU) contribuye a la política de acogida y atención a los pacientes y a sus allegados. La comisión evalúa las prácticas relativas a los derechos de los usuarios y a la calidad de la acogida y la atención, y se puede ocupar de temas particulares sobre los que emite recomendaciones y propuestas. Forman parte de esta comisión representantes de los usuarios designados por la Agencia Regional de la Salud (UNAFAM, FNAPSY...).

La comisión realiza un seguimiento de las quejas, reclamaciones y sugerencias hechas por los usuarios, de las posibles medidas tomadas por los mediadores, de las solicitudes de acceso al historial médico y de eventos adversos. Se informa a la CDU de los resultados de las herramientas de evaluación de la satisfacción de los usuarios. Por último, la comisión de usuarios formula recomendaciones que, a continuación, son implementadas por el centro.

Esta comisión se reúne trimestralmente y elabora un informe anual de actividad que se envía a la Agencia Regional de la Salud y se entrega a todos los profesionales del centro.